La muerte causada por miembros del Ejército ha tenido consecuencias al interior de la institución, consiguiendo condenas en contra de los militares involucrados.
Por decisión de la Procuraduría General de la Nación, se dictó un fallo en segunda instancia contra el coronel Jorge Armando Pérez Amézquita, un cabo y tres soldados profesionales por el asesinato de Dimar Torres, un desmovilizado de las Farc que se acogió al Proceso de Paz pero que fue dado de baja de forma arbitraria y cuya muerte fue rechazada por millones de colombianos que creen en los Acuerdos firmados por el gobierno del expresidente Juan Manuel Santos.
El Ministerio Público señaló al coronel Pérez Amézquita como determinador, provocador e instigador del crimen. Mientras tanto, el uniformado aguarda en una cárcel el avance de la investigación penal por el ataque al desmovilizado ocurrido el 22 de abril de 2019 en Ocaña (Norte de Santander), caso que podría complicar aún más su situación actual.
Recordemos que el impacto de la muerte de Dimar Torres generó que la Cámara de Representantes citara a un debate de moción de censura al ministro de Defensa de aquel entonces, Guillermo Botero, debido a las declaraciones que entregó sobre el incidente, al cual justificó como una posible “lucha cuerpo a cuerpo”, algo que finalmente fue desmentido por las autoridades y que le significó a Botero críticas por encubrimiento del crimen.
La decisión que acaba de ser ratificada en segunda instancia por la Procuraduría, consolida la sanción de destitución e inhabilidad general contra Pérez Amézquita por 20 años fuera de las Fuerzas Militares, al igual que la destitución e inhabilidad por 14 años al cabo segundo Daniel Eduardo Gómez Robledo, quien fue encontrado como autor material del crimen.
“(Gómez Robledo) era una persona que, como consecuencia del Acuerdo de Paz suscrito entre el gobierno colombiano y las Farc, se había integrado a la vida civil y desarrollaba labores de agricultura en el lugar donde era natural y vivía con su familia. Por esa razón, ostentaba la calidad de civil y de persona protegida por los tratados y convenios internacionales sobre Derecho Internacional Humanitario”, señaló la Procuraduría.