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Gobernador Caicedo vuelve a ganarle la pelea a los clanes de la Costa Caribe; Fiscalía archivo proceso por falso prevaricato

La justicia vuelve a darle la razón al Gobernador del Magdalena, comprometiendo aún más la credibilidad del abogado Danny Quintana y del clan Díazgranados.

Una vez más, las acciones legales interpuestas al gobernador del Magdalena, Carlos Caicedo, vuelven a fallar a su favor luego que la justicia determinara que el prevaricato del que fue acusado por parte del abogado Danny Quintana, apoderado del ex representante a la Cámara Eduardo Díazgranados, fuera declarado como nulo o inexistente por parte de la Fiscalía, archivando la denuncia por completo.

Todo parte de la acusación interpuesta por Quintanta ante la Fiscalía 11 delegada ante la Corte Suprema, afirmando que el mandatario incurrió en una administración indebida de los recursos públicos, insistiendo en los recursos provenientes de estampillas al Hospital Julio Méndez Barreneche y que supuestamente nunca fueron trasladados en el mes de enero de este año, como supuestamente estaba previsto.

Sin embargo, la justicia determinó que las acusaciones eran carentes de veracidad, decisión que se viene repitiendo con los procesos interpuestos por Quintana contra el Gobernador de un tiempo atrás, siendo esta no la primera vez que las autoridades desestiman una denuncia interpuesta por el jurista y que se une a la larga lista de derrotas por parte del Clan Díazgranados para debilitar la gestión de Caicedo.

Recordemos que Quintana fue el mismo abogado que interpuso una acción contra Caicedo en 2015, acusándolo de haber participado en las elecciones a la alcaldía de Santa Marta para el periodo de 2016-2019, algo que al final fue desestimado por la Procuraduría General de la Nación al considerar que no existían pruebas suficientes para considerar que la acusación era válida.

Otro proceso archivado a Quintana vino por parte de la Fiscalía 9 Delegada ante la Corte; en aquella ocasión, el abogado denunció unas presuntas irregularidades en un decreto que modificó el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de Santa Marta, afirmando que “se habría hecho de predios urbanos para destinarlos al desarrollo de proyectos de vivienda de interés social y de interés prioritario, sin que esa potestad estuviera autorizada a los exfuncionarios en el POT”, entre otros aspectos. Finalmente, la afirmación también fue considerada por la justicia como insuficiente.