Por medio de un artículo aprobado por el Presupuesto General de la Nación, las entidades bancarias deberán modificar ciertos aspectos en los servicios que ofrecen.
Continúan los anuncios relacionados a los cambios que deberán aplicar los bancos y entidades similares en las próximas semanas. Uno de los más importantes quedó consignado en el artículo 78 del presupuesto, el cual fue aprobado velozmente por la Cámara de Representantes, en el que se indica que las cuentas bancarias que tengan menos de 92.000 pesos y lleven más de un año de inactividad podrán ser tomadas por el Gobierno para el presupuesto de la Nación.
El cambio más notable es que las cuentas corrientes y de ahorro que permanezcan inactivas por un largo periodo de tiempo y que no superen un valor de 322 UVR pueden llegar a ser transferidos a otras entidades financieras, las cuales manejarán dichos recursos en función del Gobierno Nacional.
“Los saldos de las cuentas corrientes o de ahorro que hayan permanecido inactivas por un periodo mayor a un año y no superen el valor equivalente a 322 UVR, serán transferidos por las entidades financieras tenedoras, a título de mutuo a la Nación (Ministerio de Hacienda y Crédito Público) Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, con el fin de financiar apropiaciones del Presupuesto General de la Nación”, advierte el artículo en cuestión.
No obstante, en el mismo artículo se hace hincapié en que las personas dueñas de estas cuentas podrán pedir que el dinero tomado les sea devuelto, incluso con intereses, en el caso de que comprueben ser los titulares, dando garantías de que los titulares de las cuentas tengan la posibilidad de pelear por sus ahorros.
Cabe mencionar que de los 139 artículos presentados en el Presupuesto General de la Nación, 102 fueron aprobados por la Cámara de Representantes en una de las votaciones más rápidas que se recuerdan para este fin.
Algunos congresistas se quejaron de que el presupuesto de la Nación para el otro año se aprobó a la ligera y sin mayor análisis de algunas iniciativas que podrían generar controversia. Por ejemplo, algunos tildaron el artículo 78 como uno que legaliza la “expropiación”.